Proyecto de Formación Sindical
Trabajo Decente
Módulo 2
Derechos Laborales Fundamentales
Libertad sindical y negociación colectiva
La libertad sindical es un derecho fundamental de los trabajadores y trabajadoras, reconocido por la OIT y diversos instrumentos internacionales. Consiste en la facultad de los trabajadores de constituir y afiliarse a organizaciones sindicales de su elección, sin autorización previa y sin injerencia de las autoridades públicas o los empleadores. Este derecho es esencial para la defensa y promoción de los intereses colectivos de los trabajadores, así como para el ejercicio de otros derechos laborales.
La negociación colectiva, por su parte, es el proceso mediante el cual los sindicatos y los empleadores negocian las condiciones de trabajo y empleo, incluyendo salarios, jornada laboral, beneficios y otros aspectos de la relación laboral. La negociación colectiva es un instrumento clave para la regulación autónoma de las relaciones laborales y la mejora de las condiciones de trabajo, que permite a los trabajadores participar en la toma de decisiones que les afectan directamente.
Para garantizar el ejercicio efectivo de estos derechos, es necesario contar con un marco legal e institucional adecuado, que proteja la actividad sindical y promueva la negociación colectiva. Esto implica, entre otros aspectos, el reconocimiento legal de los sindicatos, la protección contra actos de discriminación antisindical, el acceso a la información necesaria para la negociación y la existencia de mecanismos de solución de conflictos laborales.
Eliminación del trabajo forzoso y del trabajo infantil
El trabajo forzoso y el trabajo infantil son formas inaceptables de explotación laboral que deben ser erradicadas. El trabajo forzoso se refiere a situaciones en las que una persona es obligada a trabajar bajo amenaza, coacción o engaño, sin poder abandonar su empleo por voluntad propia. Esto incluye prácticas como la servidumbre por deudas, la trata de personas con fines de explotación laboral y el trabajo penitenciario involuntario.
El trabajo infantil, por su parte, se refiere al empleo de niños y niñas en actividades que pueden perjudicar su salud, seguridad, educación o desarrollo moral. Si bien no todo el trabajo realizado por menores es considerado trabajo infantil, es fundamental garantizar que los niños y niñas estén protegidos contra la explotación económica y puedan acceder a la educación y al desarrollo integral.
Para combatir el trabajo forzoso y el trabajo infantil, es necesario un enfoque integral que incluya medidas legales, políticas públicas, inspección laboral efectiva y sensibilización social. Los sindicatos tienen un papel clave en la detección y denuncia de estas prácticas, así como en la promoción de alternativas de empleo decente para los trabajadores afectados.
No discriminación en el empleo y la ocupación
La no discriminación en el empleo y la ocupación es un principio fundamental del Trabajo Decente, que busca garantizar la igualdad de oportunidades y de trato para todos los trabajadores y trabajadoras. Esto implica la prohibición de cualquier distinción, exclusión o preferencia basada en motivos como la raza, el color, el sexo, la orientación sexual, la identidad de género, la religión, la opinión política, la ascendencia nacional o el origen social, que tenga por efecto anular o alterar la igualdad de oportunidades o de trato en el empleo y la ocupación.
La discriminación laboral puede manifestarse en diversos ámbitos, como el acceso al empleo, la formación profesional, la promoción, los salarios y las condiciones de trabajo. Para combatirla, es necesario contar con un marco legal sólido que prohíba la discriminación y establezca mecanismos de denuncia y reparación para las víctimas. Asimismo, es fundamental promover políticas de igualdad y acciones afirmativas que permitan superar las barreras y desigualdades estructurales que afectan a ciertos colectivos, como las mujeres, las personas con discapacidad o los grupos étnicos y raciales.
Los sindicatos tienen un rol importante en la promoción de la igualdad y la no discriminación en el trabajo, a través de la negociación colectiva, la sensibilización de los trabajadores y la denuncia de prácticas discriminatorias. Además, pueden impulsar medidas específicas para fomentar la diversidad y la inclusión en el ámbito laboral, como la formación en igualdad, los planes de igualdad en las empresas o los mecanismos de representación de los colectivos vulnerables.
Los derechos laborales fundamentales son un componente esencial del Trabajo Decente y una condición necesaria para el desarrollo sostenible y la justicia social. La libertad sindical, la negociación colectiva, la eliminación del trabajo forzoso y del trabajo infantil, y la no discriminación en el empleo y la ocupación son derechos universales que deben ser respetados y promovidos por todos los actores del mundo del trabajo, incluyendo gobiernos, empleadores y sindicatos.
Solo a través de su garantía efectiva será posible avanzar hacia sociedades más equitativas, inclusivas y democráticas.